NORMAS

1.- OBJETO           

El objeto de las presentes bases es la adjudicación de los huertos “Huertos  Solidarios de APSA”, situados en las parcelas de la Partida Aguamarga s/n de Alicante propiedad de Asociación APSA.

La superficie de los huertos es de 75 m² cada uno, dotado con llave de agua para riego no potable.

2.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.  

Para ser admitido a la selección de los huertos, será necesario acreditar que se cumplan los siguientes requisitos:

1)    Que no exista ninguna deuda pendiente con la Asociación APSA.
2)    Aceptar la forma de pago por transferencia bancaría entre el 1-5 de cada mes.
Una vez adjudicada la parcela, el usuario firmará el correspondiente contrato obligándose al cumplimiento de las normas de uso y funcionamiento que posteriormente se detallan.
3.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
Al  término del contrato por cualquiera de las causas legalmente establecidas, el usuario dejará a disposición de Asociación APSA la parcela y el resto de las instalaciones a las que le da derecho de uso el mismo en perfecto estado de uso y explotación, sin derecho a indemnización alguna sobre los cultivos que en ese momento ocupen el terreno ni sobre ningún otro concepto relacionado con los huertos.
4.- RESOLUCIÓN
Además de por las causas legalmente previstas, Asociación APSA podrá suspender el uso de la parcela, con previo aviso antes del 25 de cada mes en curso, y declarar resuelto el contrato por incumplimiento de cualquiera de las normas, así como por el abandono del cultivo de la parcela sin causa justificada.
5.- NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO
1.    Las obras necesarias para la conservación y mejora de las instalaciones serán por cuenta de Asociación APSA.
2.    Los contratos se establecen a nombre del solicitante y en ningún caso podrán ceder o subarrendar el huerto adjudicado. No obstante esta permitido compartir el arrendamiento de la parcela entre 2 titulares teniendo que asumir el 50% de la cuota entre ellos y de manera individual considerándose la situación de socio por separado al 100%.
3.    A cada parcela le corresponde un número que viene reflejado en el plano que se adjunta, y que es el que será válido a la hora de reconocer la parcela.
4.    Cada usuario dispondrá de un carné que le acredite como tal. Estará emitido por la Asociación APSA y constará de una foto, sus datos personales, así como el número de la parcela que le corresponda. En el caso de que la parcela está compartida al 50% se dispondrá de un carnet por arrendatario.
5.    Asociación APSA podrá inspeccionar en todo momento las instalaciones a fin de verificar el cumplimiento de las normas que se establecen en este documento.
6.    De 9 a 15h y de lunes a viernes habrá un técnico disponible para consultas sobre el huerto. Llamar al número 965 10 11 10 y preguntar por la persona designada como responsable.
7.    Se dispondrá de un acceso peatonal para el huerto y de un parking para los vehículos a la entrada. El control de acceso es potestad del guarda cuando no haya actividad en el centro. La puerta principal permanecerá cerrada pero sin llave para permitir el acceso de vehículos y hortelanos en los horarios acordados y deberá mantenerse cerrada por seguridad y como norma.

8.    Está permitido tener un baúl por parcela para guardar las herramientas u objetos personales.  Este baúl debe estar dentro de la parcela y no entorpecer las zonas de paso habilitadas en los extremos de las parcelas.

9.    Está permitido acumular restos orgánicos en cada parcela para generar composta siempre y cuando no molesten al resto de hortelanos y no se incumpla ninguna normativa establecida derivada de esta práctica. Para esta práctica deberán utilizarse obligatoriamente recipientes adecuados para ello no estando permitida la construcción de ningún tipo de estructura en la parcela.

10.  Es obligatorio cerrar las puertas de acceso al huerto para evitar la entrada de animales. Asociación APSA no se hará responsable de incidentes relacionados con perdidas de cosechas por condiciones climáticas o ataques de animales de cualquier especie con las que se conviven en la finca.
5.1.- PROHIBICIONES

1.    La utilización de barbacoas así como la realización de fuegos de cualquier tipo.
2.    El consumo de bebidas alcohólicas.
3.    La utilización de equipos musicales, que debido a su volumen, puedan perjudicar a otros usuarios o alteren la tranquilidad del entorno.
4.    No se podrán introducir en las parcelas elementos plásticos, muebles viejos, trastos en general, ni nada que altere el entorno y el paisaje de la Huerta.
5.    La introducción de vehículos de cualquier tipo, si es necesario, se habilitará un espacio para el estacionamiento. Está permitido el acceso con bicicletas.
6.    La utilización de productos de limpieza o cualquier otro producto químico susceptible de producir contaminación en el terreno o en el riego.
7.    Acceder al resto de la parcela de la finca que no sea el huerto y el parking habilitados para la actividad que se contrata.
8.    La construcción de edificaciones en las parcelas, colocación de sombreados, tendederos o cualquier otro elemento que altere el aspecto del entorno.
 5.2.- NORMAS DE USO REFERENTES A LAS PARCELAS Y A LOS CULTIVOS
1.    Las parcelas están destinadas a cultivos hortícolas, aromáticos o florales utilizando prácticas ecológicas. Queda excluida la plantación de arbustos o árboles.
2.    No se podrá modificar el trazado original de las parcelas, ni unirlas a parcelas colindantes. No se permite su cierre con setos, vallas de cualquier tipo, piedras, ladrillos, bloque o elementos constructivos del tipo que sean. 
3.    Cada usuario tiene la obligación de mantener la parcela en buen estado y devolverla al finalizar el contrato con un aspecto de orden y buena limpieza. 
4.    Los productos obtenidos de los huertos no podrán ser vendidos en el mercado entendiendo que están destinados al consumo familiar. 
5.    No se permitirá la instalación de invernaderos a excepción de los minituneles con un máximo de 1m y deberán seguir las instrucciones establecidas por Asociación APSA en cuanto a medidas y materiales. 
6.    Se permitirá la instalación de acolchados plásticos y o vegetales situados directamente sobre el suelo destinados a minimizar la competencia de las malas hierbas. Está permitido tener un baúl para guardar las herramientas dentro de cada parcela siempre y cuando no esté en las zonas de paso. La basura se depositará en un punto limpio creado a tal fin en las inmediaciones, debiendo estar las parcelas libres de desechos. 
7.    El uso de productos autorizados para el cultivo de hortalizas, aromáticas y/o plantas de flor serán los siguientes:
a.    Insecticidas naturales: Nicotina, Jabón, Peritrina, Rotenona, Azufre. 
b.    Insecticidas botánicos: Albahaca, Caléndula, Ortigas, Ajo,... 
c.    Funguicidas naturales: Azufre  
d.    Abonos químicos permitidos: Abonos simples: Sulfato amónico, Superfosfato, Sulfato de potasa, Abono orgánico. Estiércol de procedencia animal y compost vegetal

Estos productos puedes variar según la normativa vigente y se comunicará debidamente en el tablón de anuncios destinado para tal fin.
 5.3. HORARIO 
En caso de necesidad de establecer un horario de utilización de las parcelas será la Asociación APSA quien lo determine, y todo caso se realizará en función del mayor aprovechamiento de las horas de luz solar y de lunes a domingo.
5.4.- PRECIOS 
1.    El precio de la parcela es de 40 € mensuales para los socios y de 46€ si no se es socio de Asociación APSA. El pago será por domiciliación bancaria completando los datos del Anexo VI.
2.    Asociación APSA pone a disposición de los hortelanos un kit de herramientas que se puede encargar por 25€, el pago será en metálico en la oficinas de Aguamarga de 9 a 15h y consta de los siguiente:
a.    Azada mediana.
b.    Guantes.
c.    Lote de mano (Tijera, plantadora, Pala, rastrillo y azada)