1.- OBJETO
El
objeto de las presentes bases es la adjudicación de los huertos “Huertos Solidarios de APSA”, situados en las parcelas
de la Partida
Aguamarga s/n de Alicante propiedad de Asociación APSA.
La
superficie de los huertos es de 75
m² cada uno, dotado con llave de agua para riego no
potable.
2.- CRITERIOS DE
SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.
Para
ser admitido a la selección de los huertos, será necesario acreditar que se
cumplan los siguientes requisitos:
1)
Que no exista
ninguna deuda pendiente con la Asociación APSA.
2)
Aceptar la forma
de pago por transferencia bancaría entre el 1-5 de cada mes.
Una
vez adjudicada la parcela, el usuario firmará el correspondiente contrato obligándose
al cumplimiento de las normas de uso y funcionamiento que posteriormente se
detallan.
3.- FINALIZACIÓN
DEL CONTRATO
Al término del contrato por cualquiera de las causas
legalmente establecidas, el usuario dejará a disposición de Asociación APSA la parcela y el resto de las instalaciones a las
que le da derecho de uso el mismo en perfecto estado de uso y explotación, sin
derecho a indemnización alguna sobre los cultivos que en ese momento ocupen el
terreno ni sobre ningún otro concepto relacionado con los huertos.
4.- RESOLUCIÓN
Además
de por las causas legalmente previstas, Asociación
APSA podrá suspender el uso de la parcela, con previo aviso antes del 25 de
cada mes en curso, y declarar resuelto el contrato por incumplimiento de
cualquiera de las normas, así como por el abandono del cultivo de la
parcela sin causa justificada.
5.- NORMAS DE
USO Y FUNCIONAMIENTO
1.
Las obras
necesarias para la conservación y mejora de las instalaciones serán por cuenta
de Asociación APSA.
2.
Los contratos se
establecen a nombre del solicitante y en ningún caso podrán ceder o
subarrendar el huerto adjudicado. No obstante esta permitido compartir el
arrendamiento de la parcela entre 2 titulares teniendo que asumir el 50% de la
cuota entre ellos y de manera individual considerándose la situación de socio por
separado al 100%.
3.
A cada parcela
le corresponde un número que viene reflejado en el plano que se adjunta, y que
es el que será válido a la hora de reconocer la parcela.
4.
Cada usuario
dispondrá de un carné que le acredite como tal. Estará emitido por la
Asociación APSA y constará de una foto, sus datos personales, así como el
número de la parcela que le corresponda. En el caso de que la parcela está
compartida al 50% se dispondrá de un carnet por arrendatario.
5.
Asociación APSA
podrá inspeccionar en todo momento las instalaciones a fin de verificar el
cumplimiento de las normas que se establecen en este documento.
6.
De 9 a 15h y de lunes a viernes
habrá un técnico disponible para consultas sobre el huerto. Llamar al número
965 10 11 10 y preguntar por la persona designada como responsable.
7.
Se dispondrá de
un acceso peatonal para el huerto y de un parking para los vehículos a la
entrada. El control de acceso es potestad del guarda cuando no haya actividad
en el centro. La puerta principal permanecerá cerrada pero sin llave para
permitir el acceso de vehículos y hortelanos en los horarios acordados y deberá
mantenerse cerrada por seguridad y como norma.
8.
Está permitido tener un baúl por
parcela para guardar las herramientas u objetos personales. Este baúl debe estar dentro de la parcela y no
entorpecer las zonas de paso habilitadas en los extremos de las parcelas.
9.
Está permitido acumular restos
orgánicos en cada parcela para generar composta siempre y cuando no molesten al
resto de hortelanos y no se incumpla ninguna normativa establecida derivada de
esta práctica. Para esta práctica deberán utilizarse obligatoriamente
recipientes adecuados para ello no estando permitida la construcción de ningún
tipo de estructura en la parcela.
10. Es obligatorio cerrar las puertas de
acceso al huerto para evitar la entrada de animales. Asociación APSA no se hará
responsable de incidentes relacionados con perdidas de cosechas por condiciones
climáticas o ataques de animales de cualquier especie con las que se conviven
en la finca.
5.1.-
PROHIBICIONES
1.
La utilización
de barbacoas así como la realización de fuegos de cualquier tipo.
2.
El consumo de
bebidas alcohólicas.
3.
La utilización
de equipos musicales, que debido a su volumen, puedan perjudicar a otros
usuarios o alteren la tranquilidad del entorno.
4.
No se podrán
introducir en las parcelas elementos plásticos, muebles viejos, trastos en
general, ni nada que altere el entorno y el paisaje de la Huerta.
5.
La introducción
de vehículos de cualquier tipo, si es necesario, se habilitará un espacio para
el estacionamiento. Está permitido el acceso con bicicletas.
6.
La utilización
de productos de limpieza o cualquier otro producto químico susceptible de
producir contaminación en el terreno o en el riego.
7.
Acceder al resto
de la parcela de la finca que no sea el huerto y el parking habilitados para la
actividad que se contrata.
8. La
construcción de edificaciones en las parcelas, colocación de sombreados,
tendederos o cualquier otro elemento que altere el aspecto del entorno.
5.2.- NORMAS DE USO REFERENTES A LAS
PARCELAS Y A LOS CULTIVOS
1.
Las parcelas
están destinadas a cultivos hortícolas, aromáticos o florales utilizando
prácticas ecológicas. Queda excluida la plantación de arbustos o árboles.
2.
No se podrá
modificar el trazado original de las parcelas, ni unirlas a parcelas
colindantes. No se permite su cierre con setos, vallas de cualquier tipo,
piedras, ladrillos, bloque o elementos constructivos del tipo que sean.
3.
Cada usuario
tiene la obligación de mantener la parcela en buen estado y devolverla al
finalizar el contrato con un aspecto de orden y buena limpieza.
4.
Los productos
obtenidos de los huertos no podrán ser vendidos en el mercado entendiendo que
están destinados al consumo familiar.
5.
No se permitirá
la instalación de invernaderos a excepción de los minituneles con un máximo de
1m y deberán
seguir las instrucciones establecidas por Asociación APSA en cuanto a medidas y
materiales.
6.
Se permitirá la
instalación de acolchados plásticos y o vegetales situados directamente sobre
el suelo destinados a minimizar la competencia de las malas hierbas. Está
permitido tener un baúl para guardar las herramientas dentro de cada parcela
siempre y cuando no esté en las zonas de paso. La basura se depositará en un
punto limpio creado a tal fin en las inmediaciones, debiendo estar las parcelas
libres de desechos.
7.
El uso de
productos autorizados para el cultivo de hortalizas, aromáticas y/o plantas de
flor serán los siguientes:
a.
Insecticidas
naturales: Nicotina, Jabón, Peritrina, Rotenona, Azufre.
b.
Insecticidas
botánicos: Albahaca, Caléndula, Ortigas, Ajo,...
c.
Funguicidas
naturales: Azufre
d.
Abonos químicos
permitidos: Abonos simples: Sulfato amónico, Superfosfato, Sulfato de potasa, Abono
orgánico. Estiércol de procedencia animal y compost vegetal
Estos productos
puedes variar según la normativa vigente y se comunicará debidamente en el
tablón de anuncios destinado para tal fin.
5.3. HORARIO
En
caso de necesidad de establecer un horario de utilización de las parcelas será la Asociación APSA
quien lo determine, y todo caso se realizará en función del mayor aprovechamiento
de las horas de luz solar y de lunes a domingo.
5.4.- PRECIOS
1.
El precio de la
parcela es de 40 € mensuales para los socios y de 46€ si no se es socio de
Asociación APSA. El pago será por domiciliación bancaria completando los datos
del Anexo VI.
2.
Asociación APSA
pone a disposición de los hortelanos un kit de herramientas que se puede
encargar por 25€, el pago será en metálico en la oficinas de Aguamarga de 9 a
15h y consta de los siguiente:
a.
Azada mediana.
b.
Guantes.
c.
Lote de mano
(Tijera, plantadora, Pala, rastrillo y azada)